jueves, 4 de septiembre de 2014

Información sobre la ausencia o presencia reducida de gluten



Creo que es fundamental estar documentados para poder hablar de los temas que nos afectan con propiedad.

Porque muchas veces la gente se hace eco de algo que le han dicho, que cree que otro ha visto en algún sitio o que le ha parecido entender. Al final la información se pierde… Es como el juego del teléfono estropeado al que jugábamos de pequeños, de lo que decía el primero a lo que contaba el último… nada que ver!!!

Por eso hoy vamos a la fuente, a lo que ha publicado la AECOSAN, que es la agencia española de consumo, seguridad alimentaria y nutrición:

“El Reglamento (UE) 609/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de junio de 2013, relativo a los alimentos destinados a los lactantes y niños de corta edad, los alimentos para usos médicos especiales y los sustitutivos de la dieta completa para el control de peso y por el que se derogan la Directiva 92/52/CEE del Consejo, las Directivas 96/8/CE, 1999/21/CE, 2006/125/CE y 2006/141/CE de la Comisión, la Directiva 2009/39/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y los Reglamentos (CE) Nº 41/2009 y (CE) Nº 953/2009 de la Comisión, publicado el 29 de junio de 2013 prevé un nuevo estatus jurídico para los productos que se comercializan como adecuados para personas con intolerancia al gluten.
Las disposiciones relativas a estos productos serán transferidas al Reglamento 1169/2011, sobre la información alimentaria facilitada al consumidor, garantizándose los mismos niveles de protección al consumidor que ofrece actualmente el Reglamento 41/2009 sobre la composición y etiquetado de los productos alimenticios apropiados para personas con intolerancia al gluten.
Para ello la Comisión Europea adoptará en un primer momento un acto delegado para modificar el apartado 3 del artículo 36 del Reglamento 1169/2011. Esta modificación habilitará a la Comisión para establecer en una etapa posterior, mediante un acto de ejecución, los requisitos aplicables a la información sobre la ausencia o presencia reducida de gluten en los alimentos.
Reglamento Delegado (UE) No 1155/2013 de la Comisión de 21 de agosto de 2013 por el que se modifica el Reglamento (UE) n o 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre la información alimentaria facilitada al consumidor, en lo referente a la información sobre la ausencia o la presencia reducida de gluten en los alimentos.
Posteriormente la Comisión ha publicado el Reglamento de Ejecución (UE) No 828/2014 de la Comisión de 30 de julio de 2014 relativo a los requisitos para la transmisión de información a los consumidores sobre la ausencia o la presencia reducida de gluten en los alimentos, por el que se establecen los criterios que permiten el empleo en los alimentos de las menciones “sin gluten” y “muy bajo en gluten”. Tales declaraciones podrán adicionalmente acompañarse de las menciones  “adecuado para las personas con intolerancia al gluten” o “adecuado para celíacos”. En el caso de los alimentos específicamente elaborados, preparado y/o procesado para satisfacer las necesidades nutricionales especiales de la población celiaca se permite también el empleo adicional de la expresiones  “elaborado específicamente para personas con intolerancia al gluten” o “elaborado específicamente para celíacos”.
Este Reglamento será aplicable a partir del 20 de julio de 2016, fecha en la que quedará derogado el Reglamento 41/2009, de 20 de enero de 2009 sobre la composición y etiquetado de productos alimenticios apropiados para personas con intolerancia al gluten.”

Enlace a la publicación:


4 comentarios:

  1. tienes razón hay que saber de lo que hablamos, porque a veces se dicen unas cosas... que tela
    gracias por recoger la información Marga

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    1. Pues sí, la gente a veces no sé da cuenta de las cosas que dice... porque hablan de oidas y acaban diciendo burradas.
      Gracias a ti por comentar :)

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  2. Según entiendo yo esto evitará que tengamos que estar llamando a Atención al cliente de las empresas, y que nos dejemos cosas sin comer por no saber si tiene trazas....es así?

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    1. Se supone que la información será fiable, ojalá sea así :)

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